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Proyecto ante la consideración del Senado busca aliviar la carga de trabajo del personal de enfermería

En el sector público, el salario de estos profesionales no sobrepasa los $36,000, trascendió durante una vista pública

15 de octubre de 2025 - 6:52 PM

La legislación va dirigida, principalmente, a que cada institución médico hospitalaria establezca un patrón de personal de enfermería, según el nivel de cuidado del paciente. (Carlos Rivera Giusti)

En momentos en que el personal de enfermería mantiene su reclamo de mejores condiciones laborales, el Senado evalúa una legislación que busca establecer estándares mínimos de personal que alivien la carga de trabajo de estos profesionales y, a su vez, redunden en una mejor atención al paciente.

El Proyecto del Senado 687, indicó este miércoles su autor, Juan Oscar Morales, podría estar ante la consideración del pleno en la próxima sesión ordinaria. El siguiente paso sería la celebración de dos mesas redondas para que las partes involucradas analicen los pros y contras, y se alcancen entendidos.

“Estoy claro que no en todo vamos a llegar a un acuerdo, pero ese diálogo tiene que existir. Ahora mismo, el Departamento de Salud está en proceso de preparar un reglamento que está tocando este tema, pero los enfermeros no fueron parte de ese proceso y yo sí quiero darles el espacio”, expuso el senador.

La legislación va dirigida, principalmente, a que cada institución médico hospitalaria establezca un patrón de personal de enfermería, según el nivel de cuidado del paciente. Por ejemplo, en las unidades de “stroke” cada profesional no tendría bajo su cuidado a más de cuatro pacientes.

Mientras, el personal asignado a las unidades de cuidado intensivo crítico no podría tener bajo su responsabilidad a más de dos pacientes. Este mismo escenario sería aplicable a las salas de recuperación y cuidado posanestesia, entre otros múltiples ejemplos, según la medida.

“Son enfermeras, no son máquinas, y todos sabemos lo que ocurrió: el cansancio la venció y tuvo un accidente”, señaló Morales, al recordar el caso de la enfermera que, la semana pasada, tuvo un accidente de tránsito. La profesional, de 22 años, chocó tras salir de su turno de trabajo nocturno, en el Hospital Universitario de Adultos en el Centro Médico, en Río Piedras, en el que había atendido aproximadamente 17 pacientes, dijo un colega enfermero.

La medida, asimismo, le impone la responsabilidad a cada institución de desarrollar e implantar un sistema de clasificación, y deja la puerta abierta a que, “en casos extraordinarios”, el hospital pueda asignar una cantidad de pacientes menor o mayor a la dispuesta.

Según unas encuestas comisionadas a la firma Estudios Técnicos por el Colegio de Profesionales de la Enfermería, peticionario del proyecto, el 71% de este personal trabaja a tiempo completo, en promedio llevan 11 años ejerciendo la carrera y la mediana de ingreso familiar es de $30,000 a $39,999.

“Ninguno de los salarios de personal de enfermería en el sector público excede de $36,000, y eso es un grave problema. Tenemos que mirar eso de cara al futuro porque, de lo contrario, en un futuro no muy lejano, vamos a estar hablando de la gran escasez de enfermeros”, apuntó Morales.

Este miércoles, durante la vista para evaluar la pieza, el licenciado Reynaldo Santiago González, del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (DTRH), explicó que la agencia no regula el componente de la sobrecarga laboral. “No entramos, como agencia, a evaluar cómo se estructura el negocio del cuidado de salud en Puerto Rico”, afirmó, a preguntas del senador.

El Negociado de Normas del Trabajo, división que atiende a los servidores públicos que no están organizados sindicalmente, evalúa reclamaciones salariales, descuentos ilegales y despidos injustificados. Mientras, la Puerto Rico OSHA aborda los riesgos de seguridad en el empleo.

Promueve ajustes

Durante la audiencia, el DTRH alertó que, de aprobarse el proyecto según redactado, estaría en violación a la Ley 379-1948, que regula la jornada de trabajo y el pago de horas extras a empleados exentos y no exentos.

Explicó que los empleados entrenados, como los enfermeros, ya sean registrados o de práctica, no están exentos del salario mínimo y pago de tiempo extra, pero enfermeros registrados sí pueden estar exentos como profesionales.

Un empleado se clasifica como exento tomando en cuenta elementos como el salario semanal que recibe y su educación, explicó Santiago González. A estos, se les excluye de los beneficios de pago de horas extras y de licencias dispuestos en la Ley 379-1948 y la Ley 180-1998.

En su Sección 7, el proyecto establece una jornada de 40 horas para el personal de enfermería dedicada a la atención directa de pacientes y el pago de horas extras por el tiempo trabajado en exceso. La jornada de trabajo tendría que ser distribuida en períodos de no más de 12 horas diarias, durante no más de cinco días por semana.

La Sección 7 aplicaría a los profesionales de enfermería que tengan un subcontrato o trabajen como contratistas independientes. “Nos estamos oponiendo a la medida, según tal cual está redactada, porque coincidimos con la intención legislativa”, expuso Santiago González.

Según Estudios Técnicos, el 50% de los enfermeros encuestados dijo que realiza horas extras en su trabajo principal. Mientras, el 68.5% indicó que su período de descanso o almuerzo se ha visto afectado en el último año por falta de personal.

“Las escalas salariales de los empleados públicos, en especial en la clase de enfermería, lo que representan son los salarios tan bajos que tienen estos enfermeros y que provocan, al final del día, que se vayan (a trabajar) a tiendas por departamentos, donde ganan muchísimo más”, apuntó, en tanto, Morales.

El licenciado Marcos Andrades, abogado principal de la Oficina de Administración y Transformación de los Recursos Humanos, dijo, por su parte, que ninguno de los enfermeros del sector público cobijados bajo la Ley 8-2017 gana sobre los $36,000. Mencionó, a modo de ejemplo, que el enfermero generalista 1 tiene un salario básico de $30,600 y el enfermero asociado 1 alcanza los $31,800.

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