El juez Raúl Candelario López determinó no aplazar el período de inscripción y transacciones electorales, por lo que la fecha límite sigue siendo mañana, sábado, 21 de septiembre
El juez Raúl Candelario López determinó no aplazar el período de inscripción y transacciones electorales, por lo que la fecha límite sigue siendo mañana, sábado, 21 de septiembre
20 de septiembre de 2024 - 2:27 PM
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El juez superior Raúl Candelario López denegó este viernes extender el período de cierre de inscripciones electorales, como había solicitado en una demanda el Movimiento Victoria Ciudadana (MVC), al determinar que, a base del Artículo 13.4 del Código Electoral, el Tribunal no puede afectar que se lleve a cabo una elección, como el Partido Nuevo Progresista (PNP) y la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) argumentaron que sucedería en caso de que se aplazara el término, que vence mañana, sábado.
“Se declara no ha lugar la petición de revisión judicial electoral y sentencia declaratoria presentada por la comisionada electoral del MVC el 18 de septiembre”, sentenció el juez, al también concluir que Victoria Ciudadana debió impugnar la resolución que fijó el calendario electoral dentro de los 10 días luego de emitida, en mayo de 2023.
Debido a los múltiples problemas con el Registro Electrónico de Electores (e-RE), el MVC, respaldado por el Partido Independentista Puertorriqueño (PIP), acudió al Tribunal en busca de aplazar, hasta el 6 de octubre, el cierre de las inscripciones, un pedido al que el PNP y el Partido Popular Democrático (PPD) se opusieron, al argumentar que extender la fecha afectaría otros procesos en ruta a las elecciones generales del 5 de noviembre.
Luego de escuchar a las partes, en una vista argumentativa el jueves, el juez advirtió, en su sentencia, que “el procedimiento específico disponible” para la comisionada electoral del MVC, Lillian Aponte, era impugnar, dentro del término establecido de 10 días, la Resolución CEE-RS-23-005, del 1 de mayo de 2023, para fijar como plazo para cerrar el registro electoral 30 días antes de las elecciones, como solicitaba ahora. “Sin embargo, no sucedió así, tornando inadecuado el remedio de sentencia declaratoria en este caso”, opinó el togado.
Sentencia del Tribunal de San Juan by El Nuevo Día on Scribd
Ante el fallo adverso, Aponte afirmó, por escrito, que, “nuevamente, las instituciones públicas le dan la espalda al país que dicen representar”.
“Es lamentable que se atropellen los procesos de accesibilidad necesarios para poder votar en un país que se autodenomina democrático”, dijo Aponte, y subrayó que, “ante estos atropellos, hoy más que nunca, nos toca participar del proceso electoral”.
El juez tampoco acogió la propuesta de la comisionada del PPD, Karla Angleró, de otorgar tres días adicionales para extender el cierre del registro hasta el 24 de septiembre.
El Artículo 13.4 del Código Electoral establece que, “en ningún caso, una decisión del Tribunal de Primera Instancia o la revisión por el Tribunal de Apelaciones de una orden, decisión o resolución de la Comisión tendrá el efecto de suspender, paralizar, impedir u obstaculizar la votación, el escrutinio o el escrutinio general de cualquier votación, y tampoco cualquier acto o asunto que deba comenzar o realizarse en un día u hora determinada”.
“Estamos impedidos de intervenir y revisar judicialmente las resoluciones recurridas. Lo contrario significaría que el Tribunal estaría haciendo precisamente lo que le está prohibido por mandato de ley, interviniendo en actos o asuntos que deban comenzar o realizarse en un día u hora determinada, conforme dispone el Código Electoral”, determinó el juez Candelario López.
En la vista del jueves, el abogado del MVC, Frank Torres Viada, argumentó que extender el registro al término de 30 días antes de las elecciones perseguía empoderar al elector y garantizar el acceso y derecho al voto ante un proceso “atropellado” por el e-RE y el cierre de múltiples Juntas de Inscripción Permanente. Además, la comisionada Aponte resaltó, al acabar la audiencia, que existían entonces “más de 70,000 transacciones electorales pendientes de revisión y autorización”.
Por su parte, el comisionado del PNP, Aníbal Vega Borges, había planteado que las labores electorales, entre ellas, el trámite de las 178,000 solicitudes de voto adelantado recibidas, se impactarían si se aplazaba el cierre.
Entre sus argumentos, el PNP enumeró que se afectaría la preparación de las listas de votación, embalaje de materiales electorales, la grabación de las tarjetas de memoria para las máquinas de escrutinio electrónico, la impresión y distribución de papeletas, la configuración y pruebas de sistemas electrónicos.
“La persona que llegue (a inscribirse) el 21 (de septiembre), antes de las 8:00 p.m., si no se puede atender ese día, se va a atender el día 22, 23 y 24. Se van a atender con sus turnos”, afirmó Vega Borges, en un aparte con periodistas, tras la vista.
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