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Tribunal Supremo decide no entrar en controversia por la alcaldía de Cataño

La vista argumentativa en el Tribunal de Primera Instancia de San Juan está pautada para este jueves

15 de septiembre de 2026 - 9:53 AM

Los tres legisladores municipales habían presentado una certificación intrajurisdiccional ante el Tribunal Supremo. (Vanessa Serra Díaz)

El Tribunal Supremo determinó no acoger el pleito presentado por tres legisladores municipales del Partido Nuevo Progresista (PNP) que exigen a la alta plana de esa colectividad que descalifique a Hiram Torres Montalvo, actual secretario del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO), como uno de los candidatos a la alcaldía de Cataño.

El panel que tuvo a cargo la decisión estuvo conformado por la jueza presidenta del Tribunal Supremo, Maité D. Oronoz Rodríguez y los jueces asociados Rafael Martínez Torres y Erick V. Kolthoff Caraballo.

Con la determinación del más alto foro judicial del país, el reclamo de los tres legisladores municipales Gustavo Grana Martínez, Damián Claudio Miranda y José Ortega Rodríguez permanece en el Tribunal de Primera Instancia.

Al momento de esta publicación, no fue posible conseguir a la representación legal de los legisladores municipales para comentarios.

Hiram Torres Montalvo, actual secretario del DACO, es uno de los cinco candidatos a la alcaldía de Cataño.
Hiram Torres Montalvo, actual secretario del DACO, es uno de los cinco candidatos a la alcaldía de Cataño. (Carlos Rivera Giusti/GFR Media)

Los tres asambleístas municipales alegan, en el recurso de revisión, que el comisionado electoral del PNP, Aníbal Vega Borges, nunca contestó una querella presentada por los demandantes el 3 de septiembre, que la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) había referido a la colectividad. La vacante surgió tras el fallecimiento del alcalde Julio Alicea Vasallo el mes pasado.

Entendemos que eso es un caso que es bien cuesta arriba para estos tres legisladores. Primero, no tienen legitimación activa, porque no son candidatos. Segundo, no agotaron todos los remedios administrativos, que era acudir al Directorio (del PNP). Tercero, específicamente que el Artículo 7.2 inciso 5 (c) no aplica a esta elección especial de Cataño. Cuarto, el Código Electoral dice que esa vacante se llena con el Código Municipal”, destacó Vega Borges a preguntas de El Nuevo Día.

Además, argumentó que de implementarse el Artículo 7.2 inciso 5(c), se violentaría la Constitución de Puerto Rico y la de Estados Unidos respecto al derecho a la libre asociación.

El Artículo 7.2 (5) (c) del Código Electoral establece que “todo aspirante o candidato a un cargo electivo que se desempeñe como jefe, autoridad nominadora, o director regional de una agencia, departamento, dependencia gubernamental o corporación pública en la Rama Ejecutiva, incluyendo cualquier secretario, asesor o funcionario que ocupe una posición de confianza que formule política pública adscrito a la Oficina del Gobernador, excepto el gobernador, deberá presentar su renuncia a dicho cargo 30 días antes de presentar su candidatura o la intención de candidatura a un cargo público electivo”.

Además de Torres Montalvo, los candidatos a la alcaldía de Cataño son: Félix “Tato” Matías Rodríguez, José Manuel Rodríguez Ocaña, Bethzaida Rodríguez Torres y Fernando L. Cintrón Mercado. Rafael Canino Torres, un empleado municipal, fue descalificado por el PNP y ahora apoya a Rodríguez Torres.

La jueza Cecilia María Suau Badía, del Tribunal de San Juan, citó a una vista argumentativa para este jueves, 17 de septiembre. La elección especial será el domingo, 27 de septiembre.

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