Noticia
Basado en hechos que el periodista haya observado y verificado de primera mano, o en información verificada que proviene de fuentes bien informadas.

Tribunal Supremo reafirma validez constitucional del retiro obligatorio de los jueces a los 70 años

En la esfera federal, los nombramientos de los jueces –a nivel de los tribunales de Distrito, Apelativo y Supremo– tienen carácter vitalicio

15 de junio de 2026 - 11:10 PM

Archivo
Esta historia fue publicada hace más de 1 mes.
El Artículo V, Sección 10 de la Constitución de Puerto Rico establece en 70 años la edad de retiro de los jueces. (Ramon "Tonito" Zayas)

El Tribunal Supremo de Puerto Rico reafirmó la validez constitucional del retiro obligatorio de los jueces a los 70 años, al denegar una petición de certiorari presentada por la Asociación Puertorriqueña de la Judicatura (APJ) y dos jueces apelativos, en su carácter individual, para que se declarara inconstitucional, al amparo del derecho federal, la disposición de la carta magna que obliga a los magistrados a retirarse al cumplir dicha edad.

Popular en la Comunidad


Ups...

Nuestro sitio no es visible desde este navegador.

Te invitamos a descargar cualquiera de estos navegadores para ver nuestras noticias: