

27 de mayo de 2026 - 4:43 PM


A Jonuel Olivero, la paternidad le llegó a los 15 años. Pese a su corta edad, estaba decidido a cumplir con la responsabilidad de inscribir a su hija, llevarla a vacunar y garantizar que no quedara desprovista de sus derechos.
Sin embargo, se topó con una barrera invisible: ante la ley, su minoría de edad le impedía ser el protector legal de la pequeña. Transcurrió un mes antes de registrarla con su apellido. “Lo que debió ser un trámite de unos minutos se extendió por aproximadamente un mes de gestiones, de luchas, de tener que mediar entre adultos”, relató.
“Esa espera fue una de las experiencias más frustrantes que he tenido, porque sentí que mi capacidad para responder por mi hija dependía, no de mi voluntad ni de mi madurez, sino de que se resolvieran asuntos familiares que estaban fuera de mi control”, agregó.
El calvario que Olivero vivió no es un caso aislado, sino el resultado de un vacío legal que intenta subsanar el Proyecto de la Cámara 1251, discutido este miércoles, en vista pública, ante la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes.
La medida propone otorgar capacidad legal a los padres y madres menores de edad para que puedan actuar en representación de sus hijos sin necesidad de un tutor o de haber cumplido los 21 años. Entre esas gestiones, se incluye la facultad de los menores que hayan cumplido los 16 años para inscribir a sus hijos en el Registro Demográfico sin la necesidad del consentimiento parental ni prueba de emancipación.

“Yo cuidaba a mi bebé 24 horas al día, pero no podía (...) llevar a mi hijo al pediatra ni a vacunar sin tener que pedir el permiso de mis padres”, contó, por su parte, Greicha Vélez.
Vélez fue madre a los 17 años. Al igual que Olivero, se topó con múltiples contratiempos, incluyendo las visitas de cuidado prenatal, a las que tenía que acudir acompañada de un adulto. Para ella, la salida fue el matrimonio, un paso del que no se arrepiente, pero que, quizás, hubiera tomado por razones distintas.
“La ley reconocía y, todavía reconoce, que una persona menor de edad que se casa adquiere capacidad plena, algo así como una varita mágica que me hacía capaz de cuidar a mis hijos. Para mí, en ese momento, esa fue la vía concreta que estaba disponible. Decidí casarme porque entendí que era la forma más práctica de poder hacerme cargo, sin intermediarios, del bienestar de mis hijos”, afirmó.
El Código Civil establece que una persona alcanza la mayoría de edad a los 21 años. Reconoce, asimismo, cuatro clases de emancipación: por mayoría de edad, por matrimonio, por concesión de los progenitores que ejercen la patria potestad y por concesión judicial. La legislación en discusión propone una quinta categoría: “por maternidad o paternidad”.
Bajo esta medida, la emancipación ocurriría a los 18 años, reconociéndole al menor el derecho de solicitarla sin el consentimiento de sus padres. Para completar el proceso, solo sería necesario presentar ante un notario o el tribunal el certificado de nacimiento que lo acredite como progenitor de un menor de edad.
“La nueva clase de emancipación por maternidad que crea, junto con la facultad de inscribir a nuestros hijos sin acompañamiento, le devuelve a la madre y al padre joven la capacidad de actuar a tiempo”, sostuvo Vélez.
Ambos jóvenes son participantes del Proyecto Nacer, institución que, desde 2000, apoya a padres y madres adolescentes. “No estamos hablando de problemas hipotéticos o de casos raros, sino de desafíos continuos”, sostuvo su principal oficial ejecutiva, Amayra Túa López.
Datos del Registro Demográfico revelan que, de 18,018 nacimientos registrados en Puerto Rico el año pasado, 1,665 fueron de madres de entre 16 y 20 años. No obstante, se contabilizaron otros 33 nacimientos de niñas de entre 12 y 15 años.
En Proyecto Nacer –solicitantes de la medida–, la mediana de edad de los padres y madres jóvenes es de 16 años, lo cual representa un período de cinco años en los que se ven imposibilitados de gestionar una serie de servicios básicos para sus hijos, alertó Túa López.
Entre las posibles enmiendas, Proyecto Nacer solicitó que se retire o sustituya por otro mecanismo menos oneroso el requerimiento de entrega de una prueba de paternidad al momento del registro del menor.
“Una prueba de ADN cuesta entre $300 y $600 y, en el mejor de los casos, los resultados toman cerca de una semana. Para un padre joven, esa cantidad de dinero es, casi siempre, inalcanzable”, apuntó Olivero.
El Registro Demográfico no solicita prueba de paternidad durante una inscripción, aclaró el Departamento de Salud, al sostener que dicho requisito choca con la doctrina vigente sobre reconocimiento voluntario de filiación reconocido por el Tribunal Supremo.
“Favorecemos el proyecto, darle la oportunidad a los menores de 16 años que son padres... pero tenemos que tener mucha precaución y ser muy claros en que también tenemos que proteger a los menores, porque no en el 100% de los casos se tiene la capacidad que se requiere para poder criar a un menor”, expuso, en tanto, Nicole Báez, directora de Asesoramiento Legal del Departamento de la Familia.
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