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Citan una videoconferencia para atender la demanda del Senado contra el Supremo

El cuerpo legislativo, a través de su presidente José Luis Dalmau Santiago, solicita que se declare inconstitucional la disposición de la Ley Electoral que deja en manos del Tribunal Supremo la selección del presidente y el presidente alterno de la CEE

24 de septiembre de 2021 - 12:02 PM

Archivo
Esta historia fue publicada hace más de 4 años.
El presidente del Senado, José Luis Dalmau. (vanessa.serra@gfrmedia.com)

El juez Alfonso Martínez Piovanetti ha señalado para el martes 28 de septiembre a las 9:30 a.m. una videoconferencia en que atenderá los reclamos de todas las partes en el pleito incoado por el Senado de Puerto Rico, que impugna la constitucionalidad del texto de la Ley Electoral vigente que deja en manos del Tribunal Supremo la decisión de nombrar al presidente y al presidente alterno de la Comisión Estatal de Elecciones (CEE).

En el recurso legal figuran como demandados el Tribunal Supremo, por conducto de la jueza presidenta Maite Oronoz y el Departamento de Justicia por conducto de su titular Domingo Emanuelli.

El presidente del Senado, José Dalmau Santiago, anunció su demanda el jueves. Su reclamo consiste en que se prohíba al Tribunal Supremo proceder en la selección del presidente y presidente alterno de la CEE y que se deje en manos del cuerpo legislativo dicha decisión, amparándose en el principio de la separación de poderes entre ramas de gobierno.

“El diseño constitucional puertorriqueño establece claramente que hay unas funciones o responsabilidades que son exclusivas de cada uno de las tres ramas que componen nuestro gobierno. La rama ejecutiva tiene como una responsabilidad exclusiva el nombrar personas para ocupar cargos en la rama ejecutiva. Como parte del balance de poderes queda entonces en manos de la Asamblea Legislativa prestar su consejo y consentimiento a esas designaciones que haga el gobernador o gobernadora. Es decir, en el proceso de nombrar personas a cargos en el gobierno la Constitución no le concede ninguna función particular a los tribunales, más allá de dirimir diferencias entre los poderes ejecutivo y legislativo”, sostuvo Dalmau Santiago en declaraciones escritas divulgadas ayer.

“Por tanto, he presentado una acción para cuestionar la validez de una disposición de la ley electoral en Puerto Rico que le da facultades tanto de la rama ejecutiva como del legislativo al tribunal y deja en manos de solo uno de los poderes constitucionales todas las funciones que han sido divididas entre los tres para evitar una injustificada concentración de poder”, expresó Dalmau Santiago.

La responsabilidad de seleccionar al liderato de la CEE llegó al Tribunal Supremo luego de que no alcanzara unanimidad entre los comisionados electorales al intentar seleccionar los ocupantes de esas posiciones. Luego el trámite pasó al Senado, que rechazó someterse a los lineamientos del Código Electoral actual al declinar atender los nominados por el gobernador Pedro Pierluisi.

La acción judicial presentada contra el propio Tribunal Supremo y el gobierno de Puerto Rico solicita del tribunal que determine la inconstitucionalidad de las disposiciones del artículo del código electoral de Puerto Rico. La demanda expone que la coexistencia de estas ramas de gobierno dependen de un delicado sistema de pesos y contrapesos que tiene como fin generar un equilibrio dinámico entre poderes coordinados y de igual rango para evitar la concentración de poder en uno de ellos.

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