La agencia reconoció, en un análisis jurídico sometido ante el Senado, que la Ley 25 de 19992, el Plan de Reorganización del DCR y los reglamentos vigentes tienen “múltiples discrepancias” de lenguaje
La agencia reconoció, en un análisis jurídico sometido ante el Senado, que la Ley 25 de 19992, el Plan de Reorganización del DCR y los reglamentos vigentes tienen “múltiples discrepancias” de lenguaje
27 de septiembre de 2024 - 5:11 PM
El Departamento de Justicia presentó ante el Senado un análisis jurídico en el que recomendó enmendar la Ley 25-1992 que permitió la excarcelación del convicto Hermes Ávila Vázquez, quien luego perpetró el feminicidio de Ivette Joan Meléndez Vega, cuyo cuerpo fue encontrado la madrugada del 21 de abril en Manatí.
Sin embargo, el secretario de Justicia, Domingo Emanuelli Hernández, enfatizó a la Comisión de Iniciativas Comunitarias, Salud Mental y Adicción, que se trata de un análisis “estrictamente jurídico” y que “de ningún modo” debe interpretarse como parte de la investigación que tiene la agencia por la excarcelación.
“La investigación del Departamento de Justicia en torno a los hechos relacionados con la excarcelación de Hermes Ávila Vázquez aún se encuentra activa, por lo que su resultado será informado al pueblo de Puerto Rico oportunamente, cuando así concluya el proceso”, dijo Emanuelli Hernández en el documento de 13 páginas.
No obstante, propuso enmiendas a la Ley 25, al Plan de Reorganización del Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR) de 2011 y a los reglamentos que gobiernan los pases extendidos a la comunidad para convictos confinados que padecen alguna enfermedad o condición médica en etapa terminal.
“Al examinar el texto de la referida ley, así como el Plan de Reorganización del DCR y los reglamentos vigentes, identificamos la existencia de múltiples discrepancias en torno al lenguaje de los referidos textos”, dijo Emanuelli Hernández, quien advirtió que “la inconsistencia en el lenguaje de estos reglamentos pudiera abrir paso para interpretaciones diversas y falta de uniformidad en su aplicación”.
Entre las recomendaciones realizadas por el titular de Justicia se encuentran que se defina claramente en la ley qué es una enfermedad en etapa terminal, pues esta definición no surge claramente del estatuto actual. Además, recomienda la revocación del privilegio concedido en aquellos casos en los cuales la condición dejara de ser considerada una terminal.
En el memorial, Emanuelli Hernández señaló que la Ley 25 no establece criterios específicos para evaluar cuándo un confinado que solicita un pase extendido no representa un peligro a la sociedad. Asimismo, recomendó que, tanto la Ley 25 como el Plan de Reorganización del DCR dispongan claramente que la autorización final de un pase extendido constituye un acto indelegable por parte del secretario del DCR.
Además, emitió múltiples recomendaciones sobre el proceso que debe llevar a cabo el panel de médicos designado para evaluar a los confinados que soliciten el privilegio. Al mismo tiempo, sugirió que las reuniones que lleve a cabo el panel médico para emitir su recomendación sean grabadas y sometidas al DCR mediante copia certificada.
“Bien es sabido que el incumplimiento del deber o la negligencia en el cumplimiento del deber relacionado al asunto aquí atendido podría ocasionar pérdidas de fondos públicos o daño a la propiedad. Además de las pérdidas económicas, el incumplimiento del deber o negligencia ejercida por los funcionarios podría afectar los derechos o intereses patrimoniales de otra persona o podría ocasionar pérdida de vidas o grave daño corporal”, advirtió.
Tomando en consideración lo anterior, Emanuelli Hernández recomendó que se enmienden los artículos 262 y 263 del Código Penal, que hacen referencia al incumplimiento del deber y negligencia en el cumplimiento del deber, respectivamente.
“Recomendamos que se enmienden los citados artículos para incluir que, cuando la conducta tipificada afecte los derechos o los intereses patrimoniales de otra persona sobrepasando los $10,000, o resulte en la pérdida de vida o en grave daño corporal de un tercero, el delito será grave”, indicó el secretario de Justicia.
Asimismo, favorece que el lenguaje que se incorpore a estos delitos aclare que no se requiere un patrón en el incumplimiento o la negligencia para que se configure el delito, sino que “bastará con una sola infracción que resulte en grave daño corporal y la pérdida de una vida”.
El memorial del titular de Justicia fue requerido por la comisión senatorial que preside el senador independiente José Vargas Vidot en una vista ejecutiva el 19 de septiembre. Actualmente, el Senado y Justicia investigan la excarcelación de Ávila Vázquez.
El convicto feminicida se declaró culpable el 19 de agosto y fue sentenciado a 102 años de prisión por el asesinato de Meléndez Vega, destrucción de pruebas, violaciones a la Ley de Armas y Ley para la Protección Vehicular.
Sin embargo, desde el 14 de febrero de 2005, Ávila Vázquez cumplía una sentencia de 122 años de prisión por el asesinato de Celia López García, pero quedó en libertad mediante un pase extendido el 19 de abril de 2023, tras la aplicación de la Ley 25, luego que alegara presunta paraplejia y VIH.
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