

6 de agosto de 2026 - 4:33 PM


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El juez Luis S. Barreto Altieri, del Tribunal de Aibonito, rechazó el jueves una solicitud de la defensa de Elvia Cabrera Rivera para examinar las hojas del formulario de veredicto que fueron dañadas por el jurado durante el proceso de deliberación.
Cabrera Rivera, quien enfrentaba dos cargos por los delitos de asesinato en primer grado y violación a la Ley de Armas, enfrentó un juicio por jurado. Sin embargo, el 23 de julio, tras pocas horas de deliberación, el panel emitió un veredicto unánime de culpabilidad.
Los hechos se remontan al 10 y 11 de agosto de 2025, cuando la adolescente Gabriela Nicole Pratts Rosario, de 16 años, fue asesinada tras recibir once puñaladas durante una triculfa ocurrida en el desvío Roberto Colón, intersección con la PR-14, en Aibonito.
“Los jurados, durante el proceso de deliberación, dañaron una de las hojas correspondientes al formulario de veredicto. El 4 de agosto de 2026, la defensa solicitó que se le ponga a disposición el documento dañado de veredicto para la inspección y obtención de copia”, expresó Barreto Altieri.
Añadió que la profesora Dora Nevares Muñiz, en Sumario de Derecho Procesal Penal Puertorriqueño, página 190, expresa que el proceso de deliberación del jurado es secreto. “Que el veredicto es el consenso del jurado respecto a la inocencia o culpabilidad del acusado”, agregó el togado en su resolución.
Asimismo, planteó que el Tribunal Supremo dispuso también en Bigio V. Corte 46 D.P.R. 449 que “el secreto en las deliberaciones del jurado es una costumbre tradicional establecida como una cuestión de interés público, para que los jueces de hecho con libertad de acción y expresen sus argumentos y emitan sus votos libremente, sin sentirse cohibidos”.
Por ende, Barreto Altieri precisó que la libertad en los debates sería restringida y la independencia de criterio reprimida si a los miembros del jurado se les hiciera estar bajo la impresión de que sus argumentos y votos preliminares se darían a conocer públicamente.
“Los documentos que el jurado utilizó durante la deliberación son secretos por ser parte del proceso de deliberación. El Tribunal de Primera Instancia entiende que lo solicitado por la defensa, viola la doctrina del secreto de las deliberaciones del jurado. Por todo lo antes expuesto, se declara No Ha Lugar la solicitud de la defensa”, puntualizó el juez.
De esta forma, Barreto Altieri ordenó a la Secretaría del Tribunal de Aibonito “que continúe preservando dicho documento de manera confidencial por ser parte del proceso de deliberación del jurado”.
En una moción de dos páginas, los licenciados Mayra López Mulero, Alberto C. Rivera Ramos y Yancarlos Maysonet Hernández, representantes legales de Cabrera Rivera, plantearon que los documentos relacionados con el procedimiento del veredicto deben ser preservados como parte del expediente judicial.
“La defensa interesa examinar dicho documento para evaluar cualquier asunto que pudiera ser pertinente a los procedimientos post sentencia y al ejercicio pleno de los derechos constitucionales de la persona acusada. La presente solicitud no pretende indagar sobre el contenido de las deliberaciones del jurado ni sobre el proceso mental de sus integrantes”, dijeron.
Los abogados, que han adelantado que apelarán el veredicto unánime de los 12 miembros del jurado, indicaron que la solicitud se “limita exclusivamente a solicitar la producción de un documento físico cuya existencia fue consignada en el récord por el Tribunal”.
Por otro lado, el equipo legal de Anthonieska Avilés Cabrera, hija de Cabrera Rivera y coacusada en el caso, presentó una moción de nueve páginas donde planteó que, durante la vista del 28 de julio, la defensa pudo constatar que la Fiscalía “consta a su haber con documentación sobre información personal y/o privada de los candidatos a jurado que estaban siendo evaluados por las partes y el juez Juan Reyes Colón”.
“La documentación en cuestión es el resultado de una indagación del Ministerio Fiscal sobre los candidatos a jurados en el Sistema de Información de Justicia Criminal de Puerto Rico (SIJC), el cual es una herramienta de investigación disponible únicamente para las entidades o agencias relacionadas con la ley y orden público (Estado)”, alegó la defensa.
En el documento, las abogadas María Soledad Sáez Matos y Rocío Revelles Ponce, de la Sociedad para Asistencia Legal, plantearon que “el permitir que el presente proceso de selección del jurado continúe sin que el Estado entregue a la defensa toda la información que ha obtenido del SIJC sobre los candidatos a jurado, además de ser una ventaja indebida a favor del Ministerio Fiscal, constituye una crasa violación, tanto a nivel del Estado Libre Asociado de Puerto Rico como los Estados Unidos de Norteamérica, a los derechos constitucionales de la menor acusada a un debido proceso de ley, a una representación legal adecuada y a un juicio justo ante un jurado imparcial”.
Por consiguiente, solicitaron a la corte que le ordene a la fiscalía entregar a la defensa la información obtenida del SIJC sobre los candidatos a jurado, incluyendo los paneles citados para el 11 de agosto, para “evitar el tener que solicitar la posible recusación” de los candidatos por “abierta violación a los derechos constitucionales” de Avilés Cabrera.
Ante estos planteamientos, el juez otorgó a la fiscalía cinco días para expresar su posición.
En este caso, ya se escogieron los primeros nueve miembros principales del jurado. No obstante, falta elegir nueve adicionales: tres ciudadanos para el panel principal y seis como integrantes suplentes.
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