El defender la Escritura es medular para preservar los acuerdos pactados con la UPR y las protecciones de la Ley 219-2012 de forma que se promueva la perpetuidad y solvencia del fideicomiso, dice Eduardo Berríos Torres
El defender la Escritura es medular para preservar los acuerdos pactados con la UPR y las protecciones de la Ley 219-2012 de forma que se promueva la perpetuidad y solvencia del fideicomiso, dice Eduardo Berríos Torres
La Escritura Pública otorgada el 29 de junio de 2016 por la Universidad de Puerto Rico (UPR) y su Junta de Gobierno (JG-UPR) reconoció el patrimonio autónomo y la entidad jurídica del Sistema de Retiro de la Universidad de Puerto Rico de las pasadas siete décadas. Esta validó las determinaciones de los cuerpos rectores de crear, mantener, financiar y administrar el Plan de Pensiones de Beneficios Definidos para los empleados de la UPR a partir del 1ro de enero de 1945. La Escritura consigna la naturaleza pública y gubernamental del Fideicomiso, los términos y condiciones que lo regirán y provee mecanismos para preservar beneficios y derechos de sus participantes (fideicomisarios).
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