

1 de septiembre de 2026 - 6:58 PM


La Cámara de Representantes dio paso este martes a una legislación de la autoría de su presidente, Carlos “Johnny” Méndez, para que las aseguradoras de salud en Puerto Rico paguen de forma retroactiva a los médicos por los servicios que ofrezcan mientras esperan por la aprobación de sus contratos, como medida para frenar su éxodo del país.
“Cuando un profesional o institución de la salud somete sus credenciales para contratar con una aseguradora, estos no reciben compensación alguna por los servicios rendidos durante el proceso. Esto obliga al médico a tomar una decisión: no atender al paciente o no recibir pago por sus servicios”, lee el Proyecto de la Cámara 40.
A través de los años, han sido múltiples los factores que han incidido en la fuga de profesionales de la salud, siendo uno de los recurrentes el retraso, por parte de las aseguradoras, en la contratación de médicos recién graduados. Organizaciones y médicos han denunciado que este trámite, en ocasiones, puede tardar meses para que reciban, al menos, un solo contrato.
“Es imperativo que los profesionales e instituciones de salud puedan tener la certeza de que, si estos cumplen con los requisitos de contratos con las diferentes aseguradoras de planes médicos, se les reconozcan los servicios ofrecidos mientras se evalúa su solicitud de contrato”, agrega la pieza.
Durante la sesión de este martes, la Cámara acogió, de forma unánime, las enmiendas incluidas a la legislación, pasando a la consideración de la gobernadora Jenniffer González.
La medida dispone, específicamente, que, una vez aprobado el acuerdo entre ambas partes, las aseguradoras vendrán obligadas a emitir pagos retroactivos calculados a base de la tarifa pactada. Esta compensación cubrirá cada tratamiento médico ofrecido desde el día en que el profesional completó la entrega de los documentos requeridos para su evaluación.
Para garantizar transparencia y evitar dilaciones, cada plan médico deberá proveerle al solicitante una certificación escrita que consigne la fecha precisa de la entrega. Asimismo, la legislación impone un límite de 15 días a las compañías de seguros para evaluar el expediente y notificar cualquier deficiencia identificada.
El texto advierte, de otra parte, que todo pago retroactivo por servicios prestados durante el proceso de credencialización deberá liquidarse conforme a la tarifa finalmente pactada y, según dispuesto en el Código de Seguros de Puerto Rico (Ley 77-1957). Con respecto al término paraaprobar o denegar los contratos, la legislación no crea plazos nuevos, sino que ordena cumplir con lo dispuesto en el Código de Seguros de Salud de Puerto Rico (Ley 194-2011).
La Cámara también concurrió con las enmiendas sometidas por el Senado al PC 279, para que las agencias gubernamentales y escuelas públicas incluyan un torniquete en su botiquín de emergencia; y al PC 951, que impone un plazo máximo de 20 días laborables para que las agencias, corporaciones públicas y municipios digitalicen sus documentos públicos en su versión final.
También, refrendó los cambios a la Resolución Conjunta de la Cámara 78, para designar la PR-114, de Mayagüez a San Germán, con el nombre de la leyenda del baloncesto boricua José Rafael “Piculín” Ortiz Rijos, quien falleció el 5 de mayo.
Todas las medidas pasan ahora a la consideración de la gobernadora.
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