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Yankee vs. Mireddys: Tribunal multa al artista urbano por uso de “estrategia temeraria”

El tribunal impuso una sanción de $5,000 a Ramón Ayala Rodríguez, más honorarios y gastos por la suma de $1,500

28 de octubre de 2026 - 6:25 PM

Daddy Yankee y su ex esposa, Mireddys González. (Thais Llorca/Agencia EFE)

Una “estrategia temeraria”. Así describió la jueza Katarina Stipec Rubio, del Tribunal de Primera Instancia, la actitud del cantante Ramón Ayala Rodríguez, “Daddy Yankee”, en el pleito activo que el artista urbano lleva contra su ex esposa Mireddys González Castellanos, en el que busca la disolución de involuntaria de las entidades Los Cangris, Inc., Green Wall Luxury, LLC; Crabby Cottage, LLC, Y C&C Artistic Management Corp.

La descripción de la jueza parte de una Orden Protectora emitida por el tribunal el pasado 7 de octubre, en la que dejó sin efecto la deposición que se habría estado realizando a Alejandra Piazza Galarza, abogada y contadora de Ayala Rodríguez, bajo los privilegio abogado-cliente, que estaba pautada para 13 de octubre. Según el documento, la otorgación de la orden se da porque la parte que anunció la deposición no ha acreditado que la información que se busca descubrir a través del abogado no es susceptible de ser obtenida de otras personas o medios menos onerosos y complejos. La jueza otorgó un plazo de 60 días a González Castellanos para llevar a cabo el descubrimiento por otros métodos “menos onerosos”.

La togada destacó que la tardanza del equipo legal de Ayala Rodríguez en oponerse a la deposición de la abogada se hizo de forma apresurada, a pesar de estar copiados en las conversaciones sobre lo que conllevaría el proceso desde el mes de julio.

“Entendemos que la razón por la cual Ayala no intentó siquiera realizar algún esfuerzo para atender o depurar las controversias extrajudicialmente fue la premura causada por su propia inacción durante los dos meses + (sic) que se cruzó de brazos mientras se coordinaban la deposición de la Licenciada”, lee la orden emitida por Stipec Rubio.

El tribunal impuso una sanción de $5,000 a Ayala Rodríguez bajo la RPC 9.1 y 9.3, más honorarios y gastos por la suma de $1,500 que deberá pagar a González Castellanos por haberle inducido a incurrir en honorarios y gastos que pudieron evitarse de haber expresado sus reparos oportunamente. A pesar de conceder la petición del equipo legal del artista, la jueza fue tajante en su descripción de las acciones de Yankee y sus abogados.

“Su estrategia temeraria tiene el efecto de multiplicar innecesariamente las controversias en litigio, impide el cumplimiento con el ordenamiento procesal, y potencialmente conlleva un atraso en los procedimientos para que González pueda coordinar otro descubrimiento para suplir la información que pretendía obtener de la Licenciada”, expresó.

El 20 de octubre, el equipo legal de González Castellanos sometió una Solicitud de Reconsideración al tribunal, en la que argumentaron que la demandada había realizado el descubrimiento de prueba suficiente para descargar su obligación de acudir a otras fuentes y agotar medios razonables y menos onerosos, todo previo a citar la Deposición de Piazza.

“Como segundo fundamento de su reconsideración, Mireddys señala que, aunque Ramón solicitó que se dejara sin efecto la deposición de Piazza invocando los privilegios abogado-cliente, contador público autorizado-cliente y la doctrina del producto del trabajo del abogado, la Orden recurrida no contiene determinación alguna sobre la existencia, aplicabilidad o alcance de dichos privilegios”, lee el documento de los abogados de González Castellanos.

“Esta distinción resulta particularmente importante porque Ramón pretende impedir la deposición de Piazza en su totalidad, sin identificar específicamente cuáles de los asuntos corporativos sobre los que ésta última tiene conocimiento constituyen comunicaciones privilegiadas. Por el contrario, en su Solicitud Urgente de Orden Protectora, Ramón reconoció que Piazza le brinda asesoramiento en múltiples asuntos, tanto en su capacidad personal como en su capacidad de accionista y oficial de Los Cangris. Sumac Núm. 123. Sin embargo, la existencia de una relación profesional entre Ramón y Piazza no convierte automáticamente en privilegiada toda la información que esta conozca sobre Los Cangris”, continúa la solicitud.

La parte demandada concluyó que Ayala Rodríguez pretende que González Castellanos acepte su desconocimiento sobre los asuntos corporativos, acuda a la persona que él mismo identificó como fuente de información y, una vez lo hace, se encuentre impedida de interrogarla precisamente porque esa persona es su abogada.

La próxima vista del caso se celebrará el 2 de diciembre a las 2:00 p.m. en el Salón 602 del Tribunal de Primera Instancia de San Juan.

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