

20 de octubre de 2026 - 10:26 AM


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La Fiscalía se opuso a que un juez distinto al que presidió el juicio por el asesinato de Gabriela Nicole Pratts Rosario evalúe la petición de un nuevo proceso judicial presentada por la defensa de Elvia Cabrera Rivera, sentenciada a 102 años de prisión por el crimen de la adolescente.
En una moción el lunes, las fiscales Silda Rubio Barreto, Jackeline Pizarro y Myriam Nieves Vera solicitaron al Tribunal de Aibonito que deniegue el pedido de la defensa para que otro juez atienda la solicitud de nuevo juicio, fundamentada en la supuesta existencia de prueba nueva.
La oposición del Ministerio Público, contenida en un escrito de cinco páginas, se limita a la petición de cambiar de juez y, según aclararon las fiscales, es independiente de la postura que presentarán sobre los méritos de la solicitud de nuevo juicio. Para esto último, la jueza del Tribunal de Guayama, Vanessa I. Méndez Torres, les otorgó 15 días.
“En primer lugar, una solicitud de nuevo juicio basada en prueba nueva no es equivalente a una apelación criminal cuyo propósito es dirimir los alegados errores cometidos durante un juicio”, plantearon en el documento.
La defensa, encabezada por los licenciados Mayra López Mulero, Alberto Rivera Ramos y Yancarlos Maysonet Hernández, presentó, el 13 de octubre, una solicitud de nuevo juicio al amparo de la Regla 192 de Procedimiento Criminal. Por separado, solicitó que la petición fuera evaluada por un juez distinto a Luis S. Barreto Altieri.
La Fiscalía argumentó que ambos procedimientos tienen propósitos diferentes. Mientras una apelación permite revisar determinaciones tomadas durante el juicio, como la admisión o exclusión de evidencia y la suficiencia de la prueba presentada, una solicitud de nuevo juicio basada en evidencia nueva busca establecer si existen elementos que pudieron alterar el veredicto del jurado.
Según las fiscales, la defensa deberá demostrar que la evidencia no pudo descubrirse antes del juicio mediante el ejercicio de una diligencia razonable y que, de haber estado disponible, probablemente habría cambiado el resultado del proceso.
Al explicar la diferencia entre ambos recursos, sostuvieron que una petición de nuevo juicio pretende demostrar que existe una prueba que no estuvo disponible durante el proceso original y que podría tener un efecto determinante sobre el veredicto.
Según la moción, la defensa solicitó que otro juez atendiera la petición porque entiende que el juzgador que presidió el juicio podría verse en la posición de tener que reconocer errores previos, particularmente en torno a la admisión de evidencia y a las expresiones atribuidas a Anthonieska Avilés Cabrera, hija y coacusada en el caso contra Cabrera Rivera, consignadas en el informe presentencia.
“Se desprende de la solicitud de la defensa que las razones por las cuales procede que sea un juez distinto quien atienda la petición de nuevo juicio es que este no podría reconocer que incurrió en error al no admitir evidencia y al no considerar las expresiones consignadas por Anthonieska Avilés Cabrera en el informe presentencia”, indicaron.
Sin embargo, el Ministerio Público sostuvo que una moción de nuevo juicio no permite al juez de instancia revocar o modificar determinaciones sobre la admisibilidad de evidencia en un proceso que ya culminó. Afirmó que la tarea del juzgador consiste en determinar si la supuesta prueba nueva no pudo descubrirse con anticipación y si probablemente cambiaría el veredicto del jurado.
Las fiscales defendieron que Barreto Altieri es quien está en mejor posición para realizar esa evaluación, pues escuchó los testimonios durante el juicio, observó el comportamiento de los testigos y examinó la evidencia documental y electrónica presentada por las partes.
“Por lo tanto, resulta inadecuado, máxime en un caso tan extenso como este, reasignar este asunto a un juez distinto, pues este no tuvo la oportunidad de oír ni examinar la prueba presentada”, expusieron.
Para apoyar su postura, citaron jurisprudencia del Tribunal Supremo incluido el caso Pueblo v. Díaz Morales, de 2007, en el que se destacó que el tribunal sentenciador está en mejor posición para evaluar evidencia nueva a la luz de la prueba presentada durante el juicio original.
“Por lo anterior, resulta evidente que quien está en mejor posición para atender esta moción es el juez sentenciador”, expresaron.
El Ministerio Público también planteó que la defensa no solicitó formalmente la inhibición del juez al amparo de la Regla 76 de Procedimiento Criminal ni alegó que estuviera impedido de continuar desempeñando sus funciones por alguna de las circunstancias contempladas en la Regla 186.
Por ello, las fiscales cuestionaron que se pretenda conseguir un cambio de juzgador mediante argumentos relacionados con la posibilidad de que este tenga que reconocer errores previos. “Es decir, la defensa no puede solicitar, mediante un subterfugio -que el juez está imposibilitado de reconocer un error- la inhibición del juez a la luz de fundamentos que no proceden en derecho”, sostuvieron.
La Fiscalía también señaló que la defensa incluyó en su solicitud un planteamiento para que se anule o deje sin efecto la sentencia contra Cabrera Rivera o, en la alternativa, se corrija para ajustarla al grado de responsabilidad penal que su hija acordó reconocer como parte del acuerdo con el Ministerio Público.
Las fiscales citaron la Regla 192.1 de Procedimiento Criminal, que permite solicitar la anulación, modificación o corrección de una sentencia bajo determinados fundamentos, y argumentaron que ese planteamiento también debe ser atendido por el juez que dictó la sentencia.
Además, advirtieron que algunos de los argumentos de la defensa ya fueron objeto de discusión y adjudicación durante las etapas previas al juicio, el descubrimiento de prueba y el proceso ante el jurado.
“Este Honorable Tribunal no debe permitir que, bajo el pretexto de una supuesta violación al debido proceso de ley, se reabran controversias previamente atendidas y adjudicadas, ajenas a la existencia de prueba nueva en los términos establecidos por las Reglas de Procedimiento Criminal”, expresaron.
La solicitud de nuevo juicio se fundamenta, entre otros argumentos, en información atribuida a Avilés Cabrera durante una entrevista relacionada con el informe presentencia de su madre y en una declaración jurada que la joven rindió recientemente.
Según la defensa, esas declaraciones apuntan a la presunta participación de más de un agresor en el asesinato de Gabriela Nicole y describen el arma utilizada como una peinilla rosada con una cuchilla. Los abogados sostienen que esa información no estuvo disponible durante el juicio que culminó con la condena de Cabrera Rivera.
La representación legal también relacionó esas alegaciones con un fragmento de una peinilla rosada recuperado en la escena del crimen y cuestionó determinados testimonios presentados durante el proceso original.
No obstante, la Fiscalía aclaró que su oposición al cambio de juez no representa todavía su respuesta a esos planteamientos. Las fiscales indicaron que expondrán por separado sus argumentos sobre la procedencia de celebrar un nuevo juicio.
En la moción, solicitaron que el tribunal rechace la petición de asignar otro juzgador y mantenga el asunto ante el juez que presidió el proceso original.
Cabrera Rivera fue sentenciada a 102 años de prisión por el asesinato de Pratts Rosario, ocurrido el 10 de agosto de 2025 en el desvío Roberto Colón, en Aibonito. La adolescente murió tras recibir 11 heridas de arma blanca. Avilés Cabrera recibió una sentencia de 38 años de cárcel tras alcanzar un acuerdo con la Fiscalía que permitió reclasificar el cargo de asesinato en primer grado a asesinato en segundo grado.
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