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prima:El juicio de Lindsay Clancy

El Derecho Penal invisibiliza todas las causas que pueden llevar a una mujer a actuar como la acusada, escribe Iris Rosario

31 de agosto de 2026 - 3:00 PM

Las opiniones expresadas en este artículo son únicamente del autor y no reflejan las opiniones y creencias de El Nuevo Día o sus afiliados.
Durante los argumentos de cierre en el juicio ya mencionado, por un lado, la fiscal dijo: “Este caso no trata sobre nuestro sistema de salud mental ni sobre cómo trata a las mujeres. Eso es una distracción para provocar indignación”, señala Iris Rosario. (Greg Derr/The Patriot Ledger)

Hace un tiempo me incomodan algunos discursos que el Derecho Penal ha desarrollado para explicar ciertas conductas delictivas en las que la autora de los hechos es una mujer. Me incomodan, más aun, cuando tengo que reproducirlos en el salón de clases. Y es que como señalan Arduino, Sbriller y Zampicchiatti en su traducción de la obra de Tamar Pitch: el orden penal produce hegemonía, efectos y consecuencias que exceden con creces el campo penal. En tales circunstancias, de la mano de algunas académicas que han reflexionado sobre estos asuntos, he comenzado a problematizar las consecuencias políticas que tienen las defensas de incapacidad mental en casos como el de Lindsay Clancy. Lo asumo, claro está, consciente de la enorme responsabilidad ética que tiene una defensora penal en estos casos.

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