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Juicio contra Anthonieska Avilés: nuevas mociones, cambio de fecha y pugna por el jurado

Mientras, Lisandra Rosario, madre de la víctima, Gabriela Nicole, exige justicia y recalca que su hija es la única víctima

1 de septiembre de 2026 - 11:28 AM

Anthonieska Avilés Cabrera, acusada de asesinar a la adolescente Gabriela Nicole Pratts Rosario, de 16 años. (yaritza.rivera@gfrmedia.com)

El proceso judicial contra Anthonieska Avilés Cabrera entra en septiembre con nuevos movimientos en los tribunales: el juicio cambió de fecha, la defensa intenta suprimir evidencia y persisten los cuestionamientos sobre el panel de jurado que escuchará la prueba.

Entre los cambios más recientes figura el nuevo señalamiento del juicio. El juez Juan A. Reyes Colón, del Tribunal de Primera Instancia de Aibonito, determinó que el juicio por jurado contra Avilés Cabrera comenzará el martes, 15 de septiembre, en la sala 3.

Inicialmente, los alegatos de apertura y el desfile de prueba del Ministerio Público estaban programados para el 10 de septiembre, el mismo día en que Elvia Cabrera Rivera, coacusada en el caso y madre de Avilés Cabrera, será sentenciada por el juez Luis S. Barreto Altieri.

El cambio de fecha ocurre en momentos en que la defensa, conformada por las licenciadas de la Sociedad para la Asistencia Legal (SAL), Rocío Revelles Ponce, María S. Sáez Matos y Athelyn Jiménez Emmanuelli, presentó una moción para suprimir evidencia.

En una moción de 10 páginas presentada el 28 de agosto, las abogadas cuestionaron la “legalidad” de la obtención de la evidencia cuya supresión solicitan: fotografías de la acusada, en las que se observan, entre otras cosas, cortaduras en su mano derecha.

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En resumen, las imágenes en cuestión fueron tomadas el 11 de agosto de 2025, el mismo día en que la Policía diligenció una orden de registro y allanamiento en la propiedad donde residía la acusada junto a su madre, como parte de la investigación del caso criminal.

Las imágenes fueron admitidas y presentadas como evidencia durante el juicio por jurado contra Cabrera Rivera, quien resultó convicta por los mismos por los que ahora se juzga a su hija. Ahora, la Fiscalía pretende utilizarlas en el proceso contra Avilés Cabrera.

No obstante, las abogadas defensoras han solicitado la supresión de la evidencia alegando que existen múltiples circunstancias que inciden sobre la legalidad de la obtención de las fotografías, que fueron tomadas cuando la joven tenía 17 años.

En síntesis, argumentaron que las imágenes se tomaron sin la presencia de los padres de la acusada. “Al momento de dicho traslado, la madre de la menor permaneció en la residencia y no se le permitió acompañar a su hija al cuartel”, dijeron en la moción.

Plantearon que este hecho es de “particular importancia”, toda vez que era la madre quien ostentaba la custodia de la menor “y quien, por tanto, constituía su principal figura protectora al momento de los hechos, con autoridad en ley para suplir su capacidad”.

Asimismo, alegaron que los agentes de la Policía encargados del proceso no se comunicaron ni citaron al padre de la menor. Recalcaron, además, que la acusada tiene limitaciones intelectuales y un funcionamiento cognitivo de una niña de 11 años.

Como parte de sus planteamientos, las licenciadas señalaron que en el documento de citación entregado por el agente investigador del caso, Ángel Torres Romero, no figura la firma de la madre de la acusada, por lo que entienden que el documento no es válido.

“Ante el hecho de que los agentes no esperaron a localizar al padre ni procuraron la presencia de la madre, de un custodio legal, de un abogado o defensor judicial antes de solicitarle a la menor una renuncia a sus derechos constitucionales, se obtuvo de esta un alegado consentimiento, a todas luces ilegal, para el registro que posteriormente se practicó”, comentaron.

Plantearon también que la controversia adquiere “especial pertinencia” a la luz de lo dispuesto en el Artículo 11 de la Ley de Menores, cuyo texto vigente dispone que “no se admitiría la renuncia de un menor a cualquier derecho constitucional que le cobijara si no estaban presentes sus padres o encargados y su abogado”.

Las licenciadas enfatizaron que el único familiar que le acompañó fue una tía, quien permaneció afuera de la oficina. “La obediencia de esta menor ante las instrucciones de los agentes no puede equipararse a una renuncia libre, inteligente, consciente y voluntaria a sus derechos constitucionales”, puntualizaron.

De frente: Anthonieska Avilés regresa al Tribunal de Aibonito

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Presentan moción urgente

De igual forma, la representación legal de la acusada presentó, el 31 de agosto, una moción urgente, tras la celebración de la vista sobre el estado de los procedimientos, en la que se discutió, entre otros asuntos, la solicitud de supresión de evidencia.

“En el día de hoy, se celebró una vista de estado de los procedimientos en el caso de epígrafe ante el Tribunal de Primera Instancia de Aibonito. Durante dicha vista, el foro judicial primario tomó unas determinaciones que son susceptibles de ser recurridas ante los foros judiciales apelativos”, indicaron en el documento.

Dado lo mencionado, y conforme el caso Pueblo v. Ríos Nieves, las licenciadas “solicitamos al Tribunal de Primera Instancia de Aibonito que le ordene a la Secretaría de dicho foro judicial que proceda a notificar, a la brevedad posible, la Minuta firmada de la vista”.

En la moción no se especifican cuáles son los asuntos que serán elevados al Tribunal de Apelaciones.

Pugna por selección de jurado

Por otro lado, la defensa también presentó un recurso ante el Tribunal de Apelaciones para que revise un fallo del Tribunal de Primera Instancia que declaró “no ha lugar” su solicitud para recusar a dos candidatos que luego fueron juramentados como miembros del jurado.

En el documento presentado el 28 de agosto, que consta de 31 páginas, las abogadas plantearon que ambos miembros del jurado “expresaron su parcialidad con el caso... en violación al debido proceso de ley y el derecho de la peticionaria a un juicio justo”.

“Erró el Tribunal de Primera Instancia al declarar sin lugar la recusación motivada de los jurados cuando quedó evidenciado que ambos entraron al caso que les corresponde dilucidar parcializados. Abusó de su discreción el Tribunal de Primera Instancia al denegar la recusación perentoria de estos”, mencionaron.

En respuesta, un panel del Tribunal de Apelaciones, integrado por los jueces Lersy Boria Vizcarrondo, Ricardo G. Marrero Guerrero y Juan A. Robles Adorno, concedió al Estado hasta el próximo 8 de septiembre para presentar su memorando en oposición.

Fiscalía añade 11 testigos de refutación

Por otra parte, el Ministerio Público, representado por las fiscales Jackeline Pizarro Gutiérrez, Silda M. Rubio Barreto, Belinda Brignoni Hernández y Myriam Nieves Vera, radicó, el 31 de agosto, una moción de tres páginas para incluir 11 testigos de refutación en el caso.

Se trata de agentes de la Policía, personal del Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR) y residentes del municipio que serían llamados a declarar en caso de que las abogadas de la acusada invoquen la defensa de incapacidad mental o inimputabilidad.

Así llegó Anthonieska Avilés al tribunal para la selección del jurado

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“Se le informa a la defensa que la certificación de empleo emitida por el Municipio de Aibonito se utilizará para refutar la defensa de inimputabilidad. La misma fue descubierta como parte del descubrimiento de prueba”, señalaron las fiscales.

Copias de querellas

En adición, el caso registró movimientos sobre peticiones de la defensa referentes a querellas ante la Policía. El 27 de agosto, el juez ordenó a la Uniformada entregar a la SAL copia certificada de, al menos, tres querellas solicitadas, cuyo contenido se desconoce.

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