

7 de julio de 2026 - 4:54 PM


La Junta de Libertad Bajo Palabra (JLBP) defendió sus procesos ante los señalamientos realizados con relación al caso de Carlos Estefano Pino, convicto sospechoso del asesinato de la enfermera Jennifer Torres Castro, en Caguas, en junio.
A través de una comunicación escrita, el ente expresó solidaridad con las víctimas, a la vez que aseguró que actuó conforme a la Ley número 118 de 1974, que creó la JLBP.
“Esta Junta realizó posteriormente una revisión minuciosa del expediente administrativo y, de la evidencia contenida en dicho expediente, surgía información que reflejaba el cumplimiento de los criterios objetivos aplicables conforme a la Ley, para la continuidad del privilegio concedido”, indica la misiva, donde también se aclaró que la composición actual de la JLBP no fue la que emitió la determinación de concederle la libertad bajo palabra a Estefano Pino.
No obstante, el ente reconoce que ciertos aspectos de la ley podrían mejorar.
“La experiencia derivada de este y otros casos comprueba la importancia de evaluar posibles enmiendas a la legislación vigente que permitan fortalecer aún más el proceso de evaluación de los candidatos a libertad bajo palabra, incorporando herramientas adicionales para la valoración del riesgo y la protección de la seguridad pública sin menoscabar las garantías del debido proceso de ley”, señala el comunicado.
Asimismo, la JLBP indicó que no abundaría en el caso para no entorpecer las investigaciones administrativas en curso.
“La Junta no emitirá juicios ni conclusiones sobre hechos cuya evaluación corresponde a las autoridades competentes. No obstante, mantiene su absoluta disposición para colaborar con cualquier investigación oficial y proveer toda la información que sea requerida conforme al ordenamiento jurídico vigente”, apunta el comunicado.
La misiva también explica que las determinaciones de la JLBP no se hacen de manera automática ni responden a criterios arbitrarios.
“Cada caso es evaluado de manera individualizada, rigurosa y conforme a la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, la Ley Núm. 118 de 22 de julio de 1974, según enmendada, y el Reglamento para la Consideración de Casos de Libertad Bajo Palabra”, reza.
Según la Uniformada, la muerte de la enfermera fue clasificada como asesinato luego de la evaluación del ICF, que encontró que la víctima presentaba hematomas en el rostro. Inicialmente, el caso fue reportado como una muerte “sin causa determinada”.
Los hechos ocurrieron el 24 de junio en una residencia ubicada en el barrio Río Cañas, sector Quebrada Arenas, en Caguas, donde fue hallado el cuerpo sin vida de Torres Castro, quien era madre de dos niñas de 10 y 12 años.
Estefano Pino fue detenido la semana pasada en Barceloneta por personal del Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR), luego de ser identificado como persona de interés en la investigación por la muerte de Torres Castro.
Estefano Pino había sido liberado en 2018 por la JLBP, cuando aún le restaban 85 años de sentencia por el asesinato de Myrna Báez Valle, una joven de 22 años, ocurrido en 1990.
El presidente de la JLBP, Samuel Silva Rosas, compartió el miércoles pasado con El Nuevo Día que habían ordenado el arresto del hombre tras ser “sospechoso de un asesinato”, a pesar de que cumplía con el plan de ajustes, iba a sus vistas anuales y no se había presentado ninguna querella en su contra.
En un comunicado emitido este martes, la JLBP sostuvo que la composición actual de la Junta no fue la que concedió originalmente el privilegio de libertad bajo palabra a Estefano Pino.
No obstante, indicó que, tras una revisión posterior del expediente administrativo, surgía información que reflejaba el cumplimiento de los criterios objetivos aplicables para la continuidad del privilegio.
La Junta también reiteró que la libertad bajo palabra “no extingue la sentencia impuesta por un tribunal”, sino que constituye un privilegio sujeto al cumplimiento de condiciones específicas, supervisión continua del DCR y una posible revocación.
Además, la JLBP sostuvo que no emitirá juicios sobre hechos que corresponden a las autoridades investigativas, pero afirmó que este y otros casos reflejan la importancia de evaluar posibles enmiendas a la legislación vigente para fortalecer el proceso de evaluación de candidatos a libertad bajo palabra, incluyendo herramientas adicionales para valorar el riesgo y proteger la seguridad pública.
Desde 2025, la Junta ha concedido 166 privilegios de libertad bajo palabra, de los cuales 71 —equivalentes al 42.8%— corresponden a personas condenadas por asesinato en cualquiera de sus modalidades, según el comunicado.
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